Aumento en arrendiendo no está atado al salario mínimo
enero 06, 2026
incremento a arriendos no está atado a salario mínimo
  • El canon de arrendamiento de inmuebles al igual que las cuotas de administración de los conjuntos esta mas ligado al IPC y a la asamblea de copropietarios.
  • El servicio de vigilancia y su costo depende de si es contratación directa o tercerizada.

En ningún caso el incremento del canon de arrendamiento de bienes inmuebles está sujeto al aumento del salario mínimo, smlv, (salario vital 2026). Estos servicios están regulados por el artículo 20 de la ley 820 de 2003. Que en su aparte especial señala que: “Cada 12 meses de ejecución del contrato bajo un mismo precio, el arrendador podrá incrementar el canon hasta una proporción que no sea superior al ciento por ciento (100%) del incremento que haya tenido el índice de Precios al Consumidor, IPC, en el año calendario inmediatamente anterior a aquel en que deba efectuarse el reajuste…” Por lo tanto, el incremento no comenzará en enero, sino una vez finalizado el contrato de arrendamiento vigente. Por ejemplo, si el contrato comenzó en octubre de 2025, el aumento se implementará a partir de septiembre de 2026.

El próximo jueves 8 de enero después de las 6 p.m. el DANE dará a conocer a la ciudadanía el valor de la inflación del 2025, lo cual será base para conocer el porcentaje de aumento de los arriendos. 

Respecto de las cuotas de administración de los conjuntos de propiedad horizontal y sostenimiento de los inmuebles, su incremento tampoco está ligado al smlv. El valor mensual le corresponde acordarla a los copropietarios en sus asambleas generales u ordinarias a celebrarse dentro de los tres primeros meses del año, decisión que se plasma en el reglamento de cada Unidad Inmobiliaria, así los dispone la ley 675 de 2001: Obligaciones económicas, artículo 78.

En el caso del contrato del servicio de vigilancia debe tenerse en cuenta si es contratación directa o tercerizada. En ello participa la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Supervigilancia, que mediante resolución determina la tarifa mínima regulada de éstos servicios (Adjuntamos lo citado).

Resolución


 

Última fecha de actualización: martes, 6 de enero de 2026