
• El Decreto No. 0030 del 19 de enero de 2026 eliminó la prima de servicios de los congresistas que añadía desde 2013, $16.914.540 pesos al salario mensual.
• La medida comenzará a aplicarse a partir del próximo20 de julio de 2026, con el inicio del nuevo período legislativo.
El decreto argumenta que “la remuneración percibida por los congresistas resulta desproporcionada frente al ingreso promedio de la población y la realidad económica del país”.
La eliminación de la prima especial de servicios para los congresistas —equivalente a cerca de 17 millones de pesos mensuales— no solo es una decisión legítima, sino necesaria para un país que atraviesa una emergencia económica. Un salario superior a los 35 millones de pesos mensuales es, en cualquier estándar razonable, más que suficiente. El Gobierno ha solicitado con esta decisión, grandeza paraentender el momento histórico y renunciar a privilegios que resultan injustificables frente a la realidad social del país.
Por otra parte, resulta revelador que los mismos sectores que se oponen con vehemencia al aumento del salario mínimo, y bloquean cualquier debate serio sobre el salario vital consagrado en la Constitución de 1991, sean los primeros en levantar la voz cuando se tocan sus beneficios.
El rechazo expresado por jueces y magistrados al Decreto 0030 de 2026, bajo el argumento de que la eliminación de la prima a los congresistas impacta la remuneración de otros funcionarios del Estado, desnuda una lógica opuesta a la que motiva la agenda social del Gobierno del cambio: la defensa corporativa de privilegios institucionalizados, incluso en medio de una crisis fiscal. Si la justicia social es un principio constitucional, no puede supeditarse a la preservación de rentas elevadas en la cúspide del poder público. Aunque el decreto se aplica exclusivamente a los nuevos congresistasimpacta a otras entidades comprometidas dentro del mismo esquema fiscal, como altas cortes, Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y JEP, entre otros, porque sus asignaciones están vinculadas al salario de los parlamentarios. La Ley 4 de 1992 consagró el principio de equivalencia salarial, haciendo que la asignación parlamentaria sea un referente para otras ramas y órganos del poder público. Sin embargo, siguen siendo ingresos onerosos y más que justos.
Eliminar esta prima no es un acto de revancha ni populismo, como algunos sostienen. Es un acto de justicia social, como sostuvo el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, de coherencia institucional y de responsabilidad fiscal. En un país marcado por la desigualdad, el ajuste no puede recaer siempre sobre los mismos. La verdadera mezquindad no está en recortar privilegios, sino en negarse a hacerlo cuando millones apenas sobreviven con lo mínimo. Esto sería fácil de entender si la crisis que atraviesa Colombia más que fiscal, no fuera de índole moral.
Según el ministro de Hacienda, Germán Ávila, la medida busca reducir los costos de funcionamiento del Estado, y esteahorro mensual estaría próximo a los 4.500 millones de pesos, aunque podría ser mucho más.
El Departamento Administrativo de la Función Pública argumentó la necesidad de ajustar el régimen remuneratorio a criterios de sostenibilidad fiscal, racionalidad del gasto y equidad.
El decreto no tiene un efecto simplemente simbólico, como alegan algunos, en relación con la dimensión del gasto público total y el déficit actual. Si bien no cambia las finanzas nacionales de manera significativa, si realiza un acto de justicia histórica y permite recaudar un recurso que bien podría emplearse en mejorar las condiciones de vida de cientos de comunidades marginadas, que no cuentan con vías, servicios públicos, escuelas, puentes, centros médicos ni salas de maternidad.
El mensaje de fondo es de coherencia política en relación con la propuesta de austeridad y equidad definida en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Combatir la desigualdadsocial ha sido una bandera del actual gobierno, objetivo queademás se alinea con las narrativas por una efectivareivindicación ciudadana.


